perfil-del-contractant

Estás en: Portada > perfil-del-contractant > Procedimientos

Procedimientos

MERCADOS DE ABASTECIMIENTOS DE BARCELONA, S.A (en lo sucesivo MERCABARNA) es una sociedad mercantil de titularidad pública.

A partir de la entrada en vigor de la LCSP y en conformidad con el artículo 3 de la misma, MERCABARNA forma parte del sector público, siendo considerada un poder adjudicador, pero no administración pública. Esta condición subjetiva, poder adjudicador no administración pública, es la que determina el régimen de aplicación de la LCSP en MERCABARNA.

En consecuencia, en la adjudicación de contratos no sujetos a contratación armonizada, MERCABARNA de acuerdo con el artículo 175 LCSP, se sujetará a sus Instrucciones Internas de Contratación aprobadas por el Consejo de Administración de la Sociedad en fecha 22 de Julio de 2008, por tal de garantizar los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad y de igualdad y no discriminación, inspiradores de toda la contratación pública, establecidos en la misma Ley, mientras que en los sujetos a contratación armonizada, se sujetará a aquello establecido en la Ley para el Sector Público no Administración Pública y en concreto al artículo 174 LCSP.

Asimismo, tanto en contratación armonizada como no armonizada, MERCABARNA celebrará con sus adjudicatarios contratos privados, de acuerdo con aquello establecido en el artículo 20 LCSP.

El orden jurisdiccional para conocer todo el procedimiento de adjudicación en los contratos no sometidos a contratación armonizada así como de los efectos, cumplimiento y extinción de todos los contratos privados será la jurisdicción ordinaria mientras que para conocer los actos preparatorios hasta la adjudicación en los contratos sujetos a contratación armonizada el orden jurisdiccional competente será la jurisdicción contencioso-administrativa.

Instrucciones internas de contratación

© 2007-2008 Mercabarna, todos los derechos reservados - Aviso legal - Accesibilidad - Contacto